ORDEN de 30 de enero de 2008, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega en los Consejeros de Presidencia, de Política Territorial, Justicia e Interior y de Medio Ambiente y en las Consejeras de Educación, Cultura y Deporte, y de Ciencia, Tecnología y Universidad la competencia para la gestión económica de determinados créditos de la Sección 30 de la estructura de gastos del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 15/02/2008 (Nº 19)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO
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Texto completo:

ORDEN de 30 de enero de 2008, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega en los Consejeros de Presidencia, de Política Territorial, Justicia e Interior y de Medio Ambiente y en las Consejeras de Educación, Cultura y Deporte, y de Ciencia, Tecnología y Universidad la competencia para la gestión económica de determinados créditos de la Sección 30 de la estructura de gastos del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Disposición Adicional Octava de la Ley 7/2007, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2008, atribuye al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo la autorización y disposición de los créditos que figuran en la Sección 30 «Diversos Departamentos».

Entre los créditos que figuran en el Servicio 08 de la Sección 30 del Presupuesto para el ejercicio de 2008, se encuentran los correspondientes a los siguientes proyectos:

Pabellón de Aragón, Exposición Internacional Zaragoza 2008; Nueva Escuela de Artes y Escuela Superior de Diseño; Espacio Goya; Museo Pablo Serrano; Palacio de Congresos; Gran Teatro Fleta; Rehabilitación del Paraninfo de la Universidad de Zaragoza; Vía Verde Riberas del Ebro; Atenciones protocolarias y representativas de carácter institucional en la Exposición Internacional Zaragoza 2008.

La gestión de dichos proyectos corresponde a los Departamentos que tienen competencia sobre las respectivas áreas funcionales, por lo que por razones técnicas y de eficacia administrativa es aconsejable que los Consejeros de dichos Departamentos tengan atribuida la competencia para la gestión económica de los créditos necesarios.

Considerando que el art. 30.2 del Texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, en relación con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común permite la delegación de las competencias de los Consejeros en otros órganos, aunque no sean jerárquicamente dependientes.

Teniendo en cuenta que el art. 35 de la mencionada Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón establece la obligación de publicar la delegación de competencias en el «Boletín Oficial de Aragón».

En su virtud, ordeno:

Primero.-Delegar en el Consejero de Presidencia la competencia para la gestión económica del crédito consignado en la Sección 30, Servicio 08, Programa 6129, Subconcepto 226001, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2008, destinado a la financiación del proyecto cuya gestión se le atribuye, correspondiente a las atenciones protocolarias y representativas, todo ello en los términos previstos en los artículos 50 y 51 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobada por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón.

Segundo.-Delegar en el Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior la competencia para la gestión económica del crédito consignado en la Sección 30, Servicio 08, Programa 1211, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2008, destinado a la financiación del proyecto cuya gestión se le atribuye, correspondiente al Pabellón de Aragón, Exposición Internacional Zaragoza 2008, todo ello en los términos previstos en los artículos 50 y 51 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobada por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón.

Tercero.-Delegar en la Consejera de Educación, Cultura y Deporte la competencia para la gestión económica del crédito consignado en la Sección 30, Servicio 08, Programas 4211, 4521, y 4553, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2008, destinado a la financiación de los proyectos cuya gestión se les atribuye, correspondientes a la nueva Escuela de Artes y Escuela Superior de Diseño, el Espacio Goya, el Museo Pablo Serrano, el Palacio de Congresos, y el Gran Teatro Fleta, todo ello en los términos previstos en los artículos 50 y 51 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobada por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón.

Cuarto.-Delegar en la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad la competencia para la gestión económica del crédito consignado en la Sección 30, Servicio 08, Programa 4228, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2008, destinado a la financiación del proyecto cuya gestión se le atribuye, correspondiente a la Rehabilitación del Paraninfo de la Universidad de Zaragoza, todo ello en los términos previstos en los artículos 50 y 51 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobada por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón.

Quinto.-Delegar en el Consejero de Medio Ambiente la competencia para la gestión económica del crédito consignado en la Sección 30, Servicio 08, Programa 4421, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2008, destinado a la financiación del proyecto cuya gestión se le atribuye, correspondiente al proyecto Vía Verde de las Riberas del Ebro todo ello en los términos previstos en los artículos 50 y 51 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobada por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón.

Sexto.-Las Resoluciones que se adopten en ejercicio de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Séptimo.-La presente Orden de delegación de competencias se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» y será eficaz desde el día siguiente al de su publicación.

Zaragoza, a 30 de enero de 2008.

El Consejero de Economía, Hacienda

y Empleo, ALBERTO LARRAZ VILETA